CONSULTA

Se trata de una sociedad (sociedad "A"), en cuyo activo financiero, existen participaciones a largo plazo en empresas del grupo. Dichas participaciones, tienen un valor contable de 50.000,00 € y un valor real de 250.000,00 €.

La sociedad "A", entra en un proceso de reestructuración empresarial, mediante el cual, dentro del marco de una ampliación de capital de una tercera sociedad (sociedad "C"), realiza una aportación no dineraria:

Aporta las participaciones a largo plazo, valoradas en 50.000,00 €, recibiendo a cambio las nuevas participaciones sociales emitidas por la sociedad "C" por un importe de 250.000,00 €.

La operación de reestructucturación empresarial está acogida al régimen especial de fusiones, escisiones y canje de valores.

Indiquen:

  • Valoración de las participaciones recibidas.

    Si las participaciones recibidas deben valorarse en el activo financiero de "A" por 50.000,00 € o por 250.000,00 €.

  • Tratamiento contable del Impuesto diferido.

    Si el impuesto diferido ((250.000,00-50.000,00) x 30% = 60.000,00) debe contabilizarse o no como diferencia temporaria imponible.

Notas:
1) En principio, la sociedad "A" no tiene intención de vender las nuevas participaciones recibidas.
2) Es muy difícil asignar la diferencia de valor entre lo entregado (50.000,00) y lo recibido (250.000,00) a algún activo en concreto de la sociedad "A".

Acceso a la edición 2010